+Artículo 13 2.
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Artículo 13 2.
La presentación de información financiera con fines de supervisión a que se refiere el apartado 1 tendrá lugar con la frecuencia especificada en el artículo 11 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 e incluirá la información mínima común especificada en el punto 1 del anexo I.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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