+Artículo 15 5.

Artículo 15 5.

Las ANC decidirán la fecha en que las entidades de crédito menos significativas y las sucursales menos significativas han de presentar la información financiera con fines de supervisión para poder cumplir estos plazos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito