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+ANEXO III Puntos de datos a efectos de la presentación de información financiera con fines de supervisión |
ANEXO III Puntos de datos a efectos de la presentación de información financiera con fines de supervisión
ANEXO III Puntos de datos a efectos de la presentación de información financiera con fines de supervisión 1. Para las entidades supervisadas que apliquen las NIIF conforme al Reglamento (CE) n.o 1606/2002, así como para las entidades supervisadas que apliquen regímenes nacionales de contabilidad sobre la base de la Directiva 86/635/CEE compatibles con las NIIF, los «Puntos de datos a efectos de la presentación de información financiera con fines de supervisión» incluirán los puntos de datos del anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451 que se señalan en el anexo IV de este reglamento. 2. Para las entidades supervisadas que apliquen regímenes nacionales de contabilidad sobre la base de la Directiva 86/635/CEE que no sean los del punto 1, los «Puntos de datos a efectos de la presentación de información financiera con fines de supervisión» incluirán los puntos de datos del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451 que se señalan en el anexo IV de este reglamento. 3. La información a que se refieren los puntos 1 y 2 se presentará con arreglo a las instrucciones del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2021/451. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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