+Artículo 37 2.
|
Artículo 37 2.
La lista mencionada en el apartado 1 especificará las correlaciones entre los números de identificación y los correspondientes tipos de motores y, en su caso, familias de motores, y los números de homologación de tipo UE cuando esas correlaciones no se identifiquen mediante el sistema de codificación del motor.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|