+Artículo 39 2.
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Artículo 39 2.
A los efectos del apartado 1, las desviaciones respecto de los datos indicados en el certificado de homologación de tipo UE o en el expediente de homologación que no estén autorizadas de conformidad con el capítulo VI, se considerarán un caso de no conformidad con el tipo o la familia de motores homologados.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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