+Artículo 10 3.

Artículo 10 3.

Las autoridades competentes de expedición, de destino y de tránsito también podrán establecer, en el plazo de 30 días mencionado en el artículo 9, apartado 1, la condición de que su autorización deberá considerarse retirada si la fianza o seguro equivalente no es aplicable a más tardar en el momento de cumplimentar el documento de movimiento con arreglo al artículo 16, apartado 2, tal como se establece en el artículo 7, apartado 3.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito