+Artículo 16 3.

Artículo 16 3.

El notificante, además de poner a disposición el documento de movimiento de conformidad con el apartado 1, se asegurará de que el documento de notificación que contenga las autorizaciones y las condiciones impuestas por las autoridades competentes correspondientes sea puesto a disposición de las autoridades competentes correspondientes y de las autoridades que intervengan en las inspecciones por vía electrónica, incluso durante el transporte de residuos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito