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+Artículo 16 5. |
Artículo 16 5.En el plazo de dos días hábiles desde su recepción, la instalación deberá confirmar al notificante y a las autoridades competentes correspondientes que ha recibido los residuos. Dicha confirmación se indicará en el documento de movimiento o se adjuntará al mismo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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