+Artículo 29 4.
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Artículo 29 4.
Si las autoridades competentes de expedición y de destino no pueden ponerse de acuerdo sobre la clasificación de residuos destinados a su valorización como incluidos en las listas de los anexos III, IIIA, IIIB o IV, o no incluido en ninguno de dichos anexos, el traslado de dichos residuos estará sujeto a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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