+Artículo 29 4.

Artículo 29 4.

Si las autoridades competentes de expedición y de destino no pueden ponerse de acuerdo sobre la clasificación de residuos destinados a su valorización como incluidos en las listas de los anexos III, IIIA, IIIB o IV, o no incluido en ninguno de dichos anexos, el traslado de dichos residuos estará sujeto a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito