+Artículo 68 8.

Artículo 68 8.

El notificante, la persona que organiza el traslado, el productor de residuos, el poseedor de residuos, el transportista de residuos, el destinatario y la instalación que reciba los residuos están obligados a someterse a las inspecciones de la Comisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito