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+Artículo 5 1. |
Artículo 5 1.Las entidades financieras elaborarán, documentarán y aplicarán un procedimiento de gestión de activos de TIC.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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