+Artículo 25 4.

Artículo 25 4.

Además de los requisitos a que se refiere el apartado 2, los depositarios centrales de valores asociarán a las pruebas de los planes de continuidad de la actividad en materia de TIC a que se refiere el apartado 1, según proceda, a:

a) 

sus usuarios;

b) 

los prestadores de servicios esenciales;

c) 

otros depositarios centrales de valores;

d) 

otras infraestructuras del mercado;

e) 

otras entidades con respecto a las cuales hayan determinado la existencia de interdependencias en el marco de su política de continuidad de la actividad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito