+Artículo 31 3.
|
Artículo 31 3.
Las entidades financieras a que se refiere el apartado 1 harán un seguimiento continuo de las amenazas y vulnerabilidades que sean pertinentes para sus funciones esenciales o importantes, así como para sus activos de información y activos de TIC, y revisarán periódicamente los escenarios de riesgo que afecten a dichas funciones esenciales o importantes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|