+Artículo 31 3.

Artículo 31 3.

Las entidades financieras a que se refiere el apartado 1 harán un seguimiento continuo de las amenazas y vulnerabilidades que sean pertinentes para sus funciones esenciales o importantes, así como para sus activos de información y activos de TIC, y revisarán periódicamente los escenarios de riesgo que afecten a dichas funciones esenciales o importantes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito