+Artículo 4 Información específica que debe facilitarse en los informes finales
---+Artículo 4 a)
---+Artículo 4 b)
---+Artículo 4 c)
---+Artículo 4 d)
---+Artículo 4 e)
---+Artículo 4 f)

Artículo 4 Información específica que debe facilitarse en los informes finales

Los informes finales a que se refiere el artículo 19, apartado 4, letra c), del Reglamento (UE) 2022/2554 contendrán toda la información específica siguiente:

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 4 a)

información sobre las causas subyacentes del incidente relacionado con las TIC;

Artículo 4 b)

las fechas y las horas en que se resolvió el incidente relacionado con las TIC y se abordaron las causas subyacentes;

Artículo 4 c)

información sobre la resolución del incidente relacionado con las TIC;

Artículo 4 d)

cuando proceda, información pertinente para las autoridades de resolución;

Artículo 4 e)

información sobre los costes y pérdidas directos e indirectos derivados del incidente relacionado con las TIC e información sobre las recuperaciones financieras;

Artículo 4 f)

cuando proceda, información sobre incidentes recurrentes relacionados con las TIC.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito