+Artículo 15 b)
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Artículo 15 b)
desarrollar nuevos componentes de los controles de los derechos de gestión de accesos a que se refiere el artículo 9, apartado 4, letra c), y la correspondiente política de recursos humanos, especificando los derechos de acceso, los procedimientos de concesión y revocación de derechos, el seguimiento de comportamientos anómalos en relación con los riesgos relacionados con las TIC a través de indicadores adecuados, también para los patrones de uso de la red, las horas, la actividad informática y los dispositivos desconocidos;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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