+Artículo 13 2.

Artículo 13 2.

Las entidades presentarán la información que se especifica en el anexo VI, de conformidad con las instrucciones del anexo VII, en base individual, con frecuencia anual.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
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