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+Artículo 3 v) |
Artículo 3 v)«personas con discapacidad»: aquellas personas con discapacidad tal como se definen en el artículo 3, punto 1, de la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo (38); 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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