+Artículo 15 3

Artículo 15 3

3.   La Comisión podrá adoptar actos de ejecución para establecer modelos relativos a la forma, el contenido y otros detalles de los informes elaborados en virtud del apartado 1 del presente artículo, incluidos períodos de presentación de informes armonizados. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento consultivo a que se refiere el artículo 88.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito