2. Ambas partes colaborarán, de buena fe, con el órgano de resolución extrajudicial de litigios seleccionado y certificado con el fin de resolver el litigio.
Los prestadores de plataformas en línea podrán negarse a colaborar con el órgano de resolución extrajudicial de litigios si ya se ha resuelto un litigio relativo a la misma información y los mismos motivos de supuesta ilegalidad o incompatibilidad de los contenidos.
El órgano certificado de resolución extrajudicial de litigios no estará facultado para imponer una resolución del litigio vinculante a las partes.