+Artículo 21 5

Artículo 21 5

5.   Si el órgano de resolución extrajudicial de litigios resuelve el litigio en favor del destinatario del servicio, incluida la persona física o la entidad que haya enviado una notificación, el prestador de la plataforma en línea sufragará todos los honorarios que cobre el órgano de resolución extrajudicial de litigios, y reembolsará a dicho destinatario, incluida la persona física o la entidad, los demás gastos razonables que haya abonado en relación con la resolución del litigio. Si el órgano de resolución extrajudicial de litigios resuelve el litigio en favor del prestador de la plataforma en línea, el destinatario del servicio, en particular la persona física o la entidad, no estará obligado a reembolsar los honorarios u otros gastos que el prestador de la plataforma en línea haya abonado o deba abonar en relación con la resolución del litigio, a menos que el órgano de resolución extrajudicial de litigios determine que dicho destinatario actuó manifiestamente de mala fe.

Los honorarios que el órgano de resolución extrajudicial de litigios cobre a los prestadores de las plataformas en línea por la resolución del litigio serán razonables y en ningún caso serán superiores a los costes en que haya incurrido el órgano. Para los destinatarios del servicio, la resolución de litigios será gratuita o estará a disposición de estos a un coste mínimo.

Los órganos certificados de resolución extrajudicial de litigios comunicarán sus honorarios, o los mecanismos utilizados para determinar sus honorarios, al destinatario del servicio, en particular a las personas físicas o entidades que hayan enviado una notificación, y al prestador de la plataforma en línea afectada, antes de iniciar la resolución del litigio.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito