2. La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 87 para ajustar el promedio mensual de destinatarios del servicio activos en la Unión a que se refiere el apartado 1, cuando la población de la Unión aumente o disminuya al menos un 5 % en relación a su población en 2020, o bien a su población tras un ajuste por medio de un acto delegado en el año en que se adoptase el último acto delegado. En tal caso, ajustará el número para que se corresponda con el 10 % de la población de la Unión en el año en que adopte el acto delegado, redondeado al alza o a la baja para poder expresarlo en millones.