+Artículo 36 5

Artículo 36 5

5.   La elección de las medidas específicas que deban adoptarse con arreglo al apartado 1, letra b), y al apartado 7, párrafo segundo, corresponderá al prestador o los prestadores a los que se dirija la decisión de la Comisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito