+Artículo 41 3

Artículo 41 3

3.   Los encargados del cumplimiento desempeñarán las siguientes funciones:

a)

colaborar con el coordinador de servicios digitales de establecimiento y la Comisión para los fines del presente Reglamento;

b)

velar por que se detecten y notifiquen adecuadamente todos los riesgos a que se refiere el artículo 34 y por que se adopten medidas razonables, proporcionadas y eficaces de reducción de riesgos con arreglo al artículo 35;

c)

organizar y supervisar las actividades del prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño en relación con la auditoría independiente realizada con arreglo al artículo 37;

d)

informar y asesorar a la dirección y a los empleados del prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño acerca de las obligaciones pertinentes en virtud del presente Reglamento;

e)

hacer el seguimiento del cumplimiento por parte del prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño de sus obligaciones en virtud del presente Reglamento;

f)

en su caso, hacer el seguimiento del cumplimiento por parte del prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño de los compromisos contraídos en virtud de los códigos de conducta con arreglo a los artículos 45 y 46 o los protocolos de crisis con arreglo al artículo 48.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito