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+Artículo 44 2 |
Artículo 44 22. La Comisión apoyará la actualización de las normas en vista de los avances tecnológicos y del comportamiento de los destinatarios de los servicios en cuestión. La información pertinente relativa a la actualización de las normas estará a disposición del público y será fácilmente accesible. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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