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+Artículo 48 5 |
Artículo 48 55. Si la Comisión considera que un protocolo de crisis no es eficaz para abordar la situación de crisis, o para salvaguardar el ejercicio de los derechos fundamentales a que se refiere el apartado 4, letra e), solicitará a los participantes que revisen el protocolo de crisis, por ejemplo, adoptando medidas adicionales. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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