+Artículo 65 3

Artículo 65 3

3.   Las solicitudes con arreglo al apartado 2 estarán debidamente motivadas e indicarán, al menos, lo siguiente:

a)

el punto de contacto del prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño de que se trate según lo previsto en el artículo 11;

b)

una descripción de los hechos pertinentes, las disposiciones del presente Reglamento a que se refieren y los motivos por los que el coordinador de servicios digitales que ha enviado la solicitud sospecha que el prestador de la plataforma en línea de muy gran tamaño o del motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño ha infringido el presente Reglamento, incluida una descripción de los hechos que demuestren el carácter sistémico de la infracción;

c)

cualquier otra información que el coordinador de servicios digitales que ha enviado la solicitud considere pertinente, como, por ejemplo, en su caso, información que haya recopilado por iniciativa propia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito