+Artículo 10 b)

Artículo 10 b)

cuando la ciberamenaza tenga una alta probabilidad de materializarse en la entidad financiera o en otras entidades financieras, teniendo en cuenta al menos los siguientes elementos:

i)

los riesgos aplicables relacionados con la ciberamenaza a que se refiere la letra a), incluidas las posibles vulnerabilidades de los sistemas de la entidad financiera que puedan explotarse,

ii)

las capacidades y la intención de los agentes de amenazas en la medida en que las conozca la entidad financiera,

iii)

la persistencia de la amenaza y cualquier conocimiento adquirido sobre incidentes que hayan afectado a la entidad financiera o a su proveedor tercero, clientes o contrapartes financieras;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito