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+Artículo 10 6 |
Artículo 10 66. El equipo de control presentará el informe de inteligencia sobre amenazas específicas al gestor de la prueba para su aprobación. Cuando el informe de inteligencia sobre amenazas específicas esté completo y garantice la realización de una prueba de penetración basada en amenazas eficaz, la autoridad competente aprobará el informe de inteligencia sobre amenazas específicas e informará de ello al responsable del equipo de control. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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