+Artículo 21 Revisión periódica de las condiciones de la autorización inicial
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Artículo 21 Revisión periódica de las condiciones de la autorización inicial
1. Vue d’ensemble
| Intitulé |
Réglementation |
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Artículo 21 1.
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Los Estados miembros exigirán que las empresas de servicios de inversión autorizadas en su territorio cumplan en todo momento las condiciones de la autorización inicial establecidas en el capítulo I.
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Artículo 21 2.
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Los Estados miembros exigirán a las autoridades competentes que establezcan los métodos apropiados para supervisar que las empresas de servicios de inversión cumplan su obligación en virtud del apartado 1. Exigirán a las empresas de servicios de inversión que notifiquen a las autoridades competentes todo cambio importante respecto de las condiciones de la autorización inicial. La AEVM podrá elaborar directrices relativas a los métodos de supervisión citados en el presente apartado.
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1.1 Références
1.2 Exigences identifiées
1.3 Normes associées
2. Exigences identifiées
Exigences
| Source |
Exigence |
3. Normes associées
- Builddate: 06.06.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0065
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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