+Artículo 28 2bis.
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Artículo 28 2bis.
Las operaciones con derivados que estén exentas de la obligación de compensación con arreglo al título II del Reglamento (UE) n.o 648/2012 o no están sujetas a ella, no estarán sujetas a la obligación de negociación.
1. Vue d’ensemble
| Intitulé |
Réglementation |
,
1.1 Références
1.2 Exigences identifiées
1.3 Normes associées
2. Exigences identifiées
Exigences
| Source |
Exigence |
3. Normes associées
- Builddate: 23.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014R0600
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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