Artículo 27decies 4bis.
Los SIA aplicarán requisitos de acceso públicos, objetivos y no discriminatorios a sus servicios para las empresas sujetas a las obligaciones de información formuladas en el artículo 26. Los SIA harán públicos los precios y tarifas correspondientes al servicio de suministro de datos prestado en virtud del presente Reglamento. Harán públicos los precios y tarifas de cada servicio por separado, incluidos los descuentos y minoraciones y las condiciones para acogerse a esas reducciones. Permitirán a las entidades que suministran la información acceder por separado a servicios específicos. Los precios y tarifas que cobre un SIA dependerán de los costes.
1. Áttekintés
1.1 Hivatkozások
1.2 Azonosított követelmények
1.3 Kapcsolódó szabványok
2. Azonosított követelmények
Követelmények
| Forrás |
Követelmény |
3. Kapcsolódó szabványok
Szabványok
| Forrás |
Követelmény |
- Builddate: 23.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014R0600
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|