+Artículo 13 6.

Artículo 13 6.

En el caso de los beneficiarios de fideicomisos (del tipo «trust») o instrumentos jurídicos análogos que sean designados por características o por categoría, la entidad obligada deberá obtener sobre el beneficiario información suficiente como para tener la seguridad de que podrá establecer la identidad del beneficiario en el momento del pago o en el momento en que el beneficiario ejerza sus derechos adquiridos.

1. Panoramica

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Titolo Regolamentazione

1.1 Riferimenti

1.2 Requisiti identificati

1.3 Standard correlati

2. Requisiti identificati

Requisiti
Fonte Requisito

3. Standard correlati

Standard
Fonte Requisito
  • Builddate: 30.12.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32015L0849
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