+Artículo 16ter Preguntas y respuestas
---+Artículo 16ter 1.
---+Artículo 16ter 2.
---+Artículo 16ter 3.
---+Artículo 16ter 4.
---+Artículo 16ter 5.
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Artículo 16ter Preguntas y respuestas
1. Panoramica
| Titolo |
Regolamentazione |
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Artículo 16ter 1.
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5 del presente artículo, toda persona física o jurídica, incluidas las autoridades competentes y las instituciones y organismos de la Unión, podrá plantear a la Autoridad, en cualquier lengua oficial de la Unión, preguntas relativas a la aplicación práctica o a la ejecución de las disposiciones de los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2, de los actos delegados y de ejecución asociados, así como de las directrices y recomendaciones que se hayan adoptado en virtud de dichos actos legislativos. Antes de remitir una pregunta a la Autoridad, las entidades financieras evaluarán si procede dirigir la pregunta en primer lugar a su autoridad competente. Antes de publicar las respuestas a las preguntas admisibles, la Autoridad podrá solicitar aclaraciones adicionales sobre las preguntas planteadas por las personas físicas o jurídicas a que se refiere el presente apartado.
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Artículo 16ter 2.
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Las respuestas de la Autoridad a las preguntas a que se refiere el apartado 1 no serán vinculantes. Las respuestas se facilitarán al menos en la lengua en que se haya presentado la pregunta.
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Artículo 16ter 3.
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La Autoridad creará y mantendrá una herramienta de internet que estará disponible en su sitio web para la formulación de preguntas y la publicación oportuna de todas las preguntas en el momento de su recepción, así como de todas las respuestas a todas las preguntas admisibles con arreglo al apartado 1, a menos que dicha publicación contravenga el interés legítimo de las mencionadas personas o implique riesgos para la estabilidad del sistema financiero. La Autoridad podrá rechazar las preguntas a las que no tenga intención de responder. La Autoridad publicará las preguntas rechazadas en su sitio web durante un período de dos meses.
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Artículo 16ter 4.
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Tres miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores podrán solicitar a la Junta de Supervisores que decida, con arreglo al artículo 44, si conviene abordar la cuestión de las preguntas admisibles a que se hace referencia en el apartado 1 del presente artículo en directrices con arreglo al artículo 16, recabar el asesoramiento del Grupo de partes interesadas a que se refiere el artículo 37, revisar las preguntas y respuestas a intervalos adecuados, llevar a cabo consultas públicas abiertas o analizar los costes y beneficios potenciales correspondientes. Dichas consultas y análisis serán proporcionados en relación con el alcance, el carácter y la repercusión de los proyectos de preguntas y respuestas de que se trate o con respecto a la urgencia particular del asunto. Cuando participe el Grupo de partes interesadas a que se refiere el artículo 37, se aplicará la debida confidencialidad.
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Artículo 16ter 5.
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La Autoridad transmitirá a la Comisión las preguntas que requieran la interpretación del Derecho de la Unión. La Autoridad publicará las respuestas facilitadas por la Comisión.
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1.1 Riferimenti
1.2 Requisiti identificati
1.3 Standard correlati
2. Requisiti identificati
Requisiti
| Fonte |
Requisito |
3. Standard correlati
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
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