+Artículo 16ter 4.
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Artículo 16ter 4.
Tres miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores podrán solicitar a la Junta de Supervisores que decida, con arreglo al artículo 44, si conviene abordar la cuestión de las preguntas admisibles a que se hace referencia en el apartado 1 del presente artículo en directrices con arreglo al artículo 16, recabar el asesoramiento del Grupo de partes interesadas a que se refiere el artículo 37, revisar las preguntas y respuestas a intervalos adecuados, llevar a cabo consultas públicas abiertas o analizar los costes y beneficios potenciales correspondientes. Dichas consultas y análisis serán proporcionados en relación con el alcance, el carácter y la repercusión de los proyectos de preguntas y respuestas de que se trate o con respecto a la urgencia particular del asunto. Cuando participe el Grupo de partes interesadas a que se refiere el artículo 37, se aplicará la debida confidencialidad.
1. Panoramica
| Titolo |
Regolamentazione |
,
1.1 Riferimenti
1.2 Requisiti identificati
1.3 Standard correlati
2. Requisiti identificati
Requisiti
| Fonte |
Requisito |
3. Standard correlati
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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