+CAPÍTULO II FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD
---+Artículo 8 Funciones y competencias de la Autoridad
------+Artículo 8 1.
------+Article 8 1a.
------+Artículo 8 2.
------+Artículo 8 3.
---+Artículo 9 Funciones relacionadas con la protección de los consumidores y las actividades financieras
------+Artículo 9 1.
------+Artículo 9 2.
------+Artículo 9 3.
------+Artículo 9 4.
------+Artículo 9 5.
---+Artículo 9bis Cartas de inacción
------+Artículo 9bis 1.
------+Artículo 9bis 2.
------+Artículo 9bis 3.
------+Artículo 9bis 4.
---+Artículo 10 Normas técnicas de regulación
------+Artículo 10 1.
------+Artículo 10 2.
------+Artículo 10 3.
------+Artículo 10 4.
---+Artículo 11 Ejercicio de la delegación
------+Artículo 11 1.
------+Artículo 11 2.
------+Artículo 11 3.
---+Artículo 12 Revocación de la delegación
------+Artículo 12 1.
------+Artículo 12 2.
------+Artículo 12 3.
---+Artículo 13 Objeciones a las normas técnicas de regulación
------+Artículo 13 1.
------+Artículo 13 2.
------+Artículo 13 3.
---+Artículo 14 No aprobación o modificación de los proyectos de normas técnicas de regulación
------+Artículo 14 1.
------+Artículo 14 2.
---+Artículo 15 Normas técnicas de ejecución
------+Artículo 15 1.
------+Artículo 15 2.
------+Artículo 15 3.
------+Artículo 15 4.
---+Artículo 16 Directrices y recomendaciones
------+Artículo 16 1.
------+Artículo 16 2.
------+Article 16 2a.
------+Artículo 16 3.
------+Artículo 16 4.
---+Artículo 16bis Dictámenes
------+Artículo 16bis 1.
------+Artículo 16bis 2.
------+Artículo 16bis 3.
------+Artículo 16bis 4.
---+Artículo 16ter Preguntas y respuestas
------+Artículo 16ter 1.
------+Artículo 16ter 2.
------+Artículo 16ter 3.
------+Artículo 16ter 4.
------+Artículo 16ter 5.
---+Artículo 17 Infracción del Derecho de la Unión
------+Artículo 17 1.
------+Artículo 17 2.
------+Article 17 2a.
------+Artículo 17 3.
------+Artículo 17 4.
------+Artículo 17 5.
------+Artículo 17 6.
------+Artículo 17 7.
------+Artículo 17 8.
---+Artículo 17bis Protección de los informantes
------+Artículo 17bis 1.
------+Artículo 17bis 2.
------+Artículo 17bis 3.
---+Artículo 18 Actuación en situaciones de emergencia
------+Artículo 18 1.
------+Artículo 18 2.
------+Artículo 18 3.
------+Artículo 18 4.
------+Artículo 18 5.
---+Artículo 19 Solución de diferencias entre las autoridades competentes en situaciones transfronterizas
------+Artículo 19 1.
------+Article 19 1a.
------+Article 19 1b.
------+Artículo 19 2.
------+Artículo 19 3.
------+Article 19 3a.
------+Artículo 19 4.
------+Artículo 19 5.
------+Artículo 19 6.
---+Artículo 20 Solución de diferencias entre las autoridades competentes en diferentes sectores
---+Artículo 21 Colegios de supervisores
------+Artículo 21 1.
------+Artículo 21 2.
------+Artículo 21 3.
------+Artículo 21 4.
---+Artículo 22 Disposiciones generales sobre riesgo sistémico
------+Artículo 22 1.
------+Artículo 22 2.
------+Artículo 22 3.
------+Artículo 22 4.
------+Artículo 22 5.
---+Artículo 23 Determinación y medición del riesgo sistémico
------+Artículo 23 1.
------+Artículo 23 2.
---+Artículo 24 Capacidad permanente de respuesta a los riesgos sistémicos
------+Artículo 24 1.
------+Artículo 24 2.
---+Artículo 25 Procedimientos de rescate y resolución
------+Artículo 25 1.
------+Artículo 25 2.
---+Artículo 26 Régimen europeo de sistemas nacionales de indemnización de los inversores
------+Artículo 26 1.
------+Artículo 26 2.
------+Artículo 26 3.
------+Artículo 26 4.
---+Artículo 27 Sistema Europeo de mecanismos de resolución y de financiación
------+Artículo 27 1.
------+Artículo 27 2.
---+Artículo 28 Delegación de funciones y competencias
------+Artículo 28 1.
------+Artículo 28 2.
------+Artículo 28 3.
------+Artículo 28 4.
---+Artículo 29 Cultura de supervisión común
------+Artículo 29 1.
------+Artículo 29 2.
---+Artículo 29bis Union Strategic Supervisory Prioridades
---+Artículo 30 Evaluaciones inter pares de las autoridades competentes
------+Artículo 30 1.
------+Artículo 30 2.
------+Artículo 30 3.
------+Artículo 30 4.
------+Artículo 30 5.
------+Artículo 30 6.
------+Artículo 30 7.
------+Artículo 30 8.
---+Artículo 31 Función de coordinación
------+Artículo 31 1.
------+Artículo 31 2.
------+Artículo 31 3.
---+Artículo 31bis Intercambio de información sobre la idoneidad y honorabilidad
---+Artículo 31ter Función de coordinación en relación con las órdenes, operaciones y actividades con efectos transfronterizos significativos
---+Artículo 32 Evaluación de la evolución del mercado, incluidas las pruebas de solvencia
------+Artículo 32 1.
------+Artículo 32 2.
------+Artículo 32 3.
------+Artículo 32 4.
---+Artículo 33 Relaciones internacionales, incluida la equivalencia
------+Artículo 33 1.
------+Artículo 33 2.
------+Artículo 33 3.
------+Artículo 33 4.
------+Artículo 33 5.
------+Artículo 33 6.
---+Artículo 35 Recopilación de información
------+Artículo 35 1.
------+Artículo 35 2.
------+Artículo 35 3.
------+Artículo 35 4.
------+Artículo 35 5.
------+Artículo 35 6.
------+Artículo 35 7.
---+Artículo 35bis Intercambio de información entre autoridades y con otras entidades
------+Artículo 35bis 1.
------+Artículo 35bis 2.
------+Artículo 35bis 3.
------+Artículo 35bis 4.
------+Artículo 35bis 5.
------+Artículo 35bis 6.
------+Artículo 35bis 7.
------+Artículo 35bis 8.
------+Artículo 35bis 9.
------+Artículo 35bis 10.
------+Artículo 35bis 11.
------+Artículo 35bis 12.
---+Artículo 35ter Sistema de información integrado
------+Artículo 35ter 1.
------+Artículo 35ter 2.
---+Artículo 36 Relación con la JERS
------+Artículo 36 1.
------+Artículo 36 2.
------+Artículo 36 4.
------+Artículo 36 5.
---+Artículo 37 Grupo de partes interesadas del sector de los valores y mercados
------+Artículo 37 1.
------+Artículo 37 2.
------+Artículo 37 3.
------+Article 37 3a.
------+Artículo 37 4.
------+Artículo 37 5.
------+Artículo 37 6.
------+Artículo 37 7.
---+Artículo 38 Salvaguardias
------+Artículo 38 1.
------+Artículo 38 2.
------+Artículo 38 3.
------+Artículo 38 4.
------+Artículo 38 5.
---+Artículo 39 Procedimientos decisorios
------+Artículo 39 1.
------+Artículo 39 2.
------+Artículo 39 3.
------+Artículo 39 4.
------+Artículo 39 5.
------+Artículo 39 6.

CAPÍTULO II FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD

CAPÍTULO II FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 8 Funciones y competencias de la Autoridad
Artículo 9 Funciones relacionadas con la protección de los consumidores y las actividades financieras
Artículo 9bis Cartas de inacción
Artículo 10 Normas técnicas de regulación
Artículo 11 Ejercicio de la delegación
Artículo 12 Revocación de la delegación
Artículo 13 Objeciones a las normas técnicas de regulación
Artículo 14 No aprobación o modificación de los proyectos de normas técnicas de regulación
Artículo 15 Normas técnicas de ejecución
Artículo 16 Directrices y recomendaciones
Artículo 16bis Dictámenes
Artículo 16ter Preguntas y respuestas
Artículo 17 Infracción del Derecho de la Unión
Artículo 17bis Protección de los informantes
Artículo 18 Actuación en situaciones de emergencia
Artículo 19 Solución de diferencias entre las autoridades competentes en situaciones transfronterizas
Artículo 20 Solución de diferencias entre las autoridades competentes en diferentes sectores

Artículo 20

Solución de diferencias entre las autoridades competentes en diferentes sectores

El Comité Mixto, de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 19 y 56, resolverá las diferencias intersectoriales que puedan surgir entre las autoridades competentes como se definen en el artículo 4, punto 2, del presente Reglamento, del Reglamento (UE) 1093/2010 y del Reglamento (UE) 1094/2010 respectivamente.

Artículo 21 Colegios de supervisores
Artículo 22 Disposiciones generales sobre riesgo sistémico
Artículo 23 Determinación y medición del riesgo sistémico
Artículo 24 Capacidad permanente de respuesta a los riesgos sistémicos
Artículo 25 Procedimientos de rescate y resolución
Artículo 26 Régimen europeo de sistemas nacionales de indemnización de los inversores
Artículo 27 Sistema Europeo de mecanismos de resolución y de financiación
Artículo 28 Delegación de funciones y competencias
Artículo 29 Cultura de supervisión común
Artículo 29bis Union Strategic Supervisory Prioridades

Artículo 29 bis

Union Strategic Supervisory Prioridades

Al menos cada tres años a más tardar el 31 de marzo, la Autoridad, tras un debate en la Junta de Supervisores y atendiendo a las contribuciones recibidas de las autoridades competentes, el trabajo realizado por las instituciones de la Unión y los análisis, advertencias y recomendaciones publicados por la JERS, determinará hasta dos prioridades de importancia para toda la Unión que reflejarán la evolución y las tendencias futuras. Las autoridades competentes tendrán en cuenta dichas prioridades al elaborar sus programas de trabajo y lo notificarán a la Autoridad, confirmando que tomaron en consideración las dos prioridades de importancia para toda la Unión al elaborar los planes estratégicos nacionales anuales y así lo notificará a la Autoridad. La Autoridad debatirá acerca de las actividades pertinentes que deban llevarse a cabo el año siguiente por las autoridades competentes y extraerá conclusiones. La Autoridad debatirá sobre las posibles medidas de seguimiento, que podrán incluir, entre otras cosas, directrices, recomendaciones a las autoridades competentes y evaluaciones inter pares en el ámbito respectivo.

Las prioridades de importancia para toda la Unión determinadas por la Autoridad no impedirán a las autoridades competentes aplicar sus mejores prácticas, actuando con arreglo a prioridades y circunstancias, y deberán tener en cuenta las especificidades nacionales.

Artículo 30 Evaluaciones inter pares de las autoridades competentes
Artículo 31 Función de coordinación
Artículo 31bis Intercambio de información sobre la idoneidad y honorabilidad

Artículo 31 bis

Intercambio de información sobre la idoneidad y honorabilidad

La Autoridad, junto con la Autoridad de Supervisión Europea (Autoridad Bancaria Europea) y la Autoridad de Supervisión Europea (Autoridad Europea de Seguros, Pensiones y Jubilación), establecerá un sistema de intercambio de la información pertinente para la evaluación, por parte de las autoridades competentes, de la idoneidad y la honorabilidad de los titulares de participaciones cualificadas, de los administradores y de los titulares de funciones clave de participantes en el mercado financiero, de conformidad con los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2.

Artículo 31ter Función de coordinación en relación con las órdenes, operaciones y actividades con efectos transfronterizos significativos

Artículo 31 ter

Función de coordinación en relación con las órdenes, operaciones y actividades con efectos transfronterizos significativos

Cuando una autoridad competente tenga pruebas o indicios claros procedentes de distintas fuentes para sospechar que las órdenes, operaciones o cualquier otro tipo de actividad con efectos transfronterizos significativos suponen una amenaza para el funcionamiento ordenado y la integridad de los mercados financieros o la estabilidad financiera de la Unión, lo notificará sin demora a la Autoridad y le facilitará toda la información pertinente. La Autoridad podrá emitir un dictamen sobre el seguimiento adecuado destinado a las autoridades competentes de los Estados miembros en los que se haya producido la presunta actividad.

Artículo 32 Evaluación de la evolución del mercado, incluidas las pruebas de solvencia
Artículo 33 Relaciones internacionales, incluida la equivalencia
Artículo 35 Recopilación de información
Artículo 35bis Intercambio de información entre autoridades y con otras entidades
Artículo 35ter Sistema de información integrado
Artículo 36 Relación con la JERS
Artículo 37 Grupo de partes interesadas del sector de los valores y mercados
Artículo 38 Salvaguardias
Artículo 39 Procedimientos decisorios

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito