+Artículo 92 Políticas de remuneración
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Artículo 92 Políticas de remuneración
1. Przegląd
| Tytuł |
Regulacja |
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Artículo 92 2.
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►M5
Los Estados miembros velarán por que, al fijar y aplicar la política de remuneración global, incluidos los salarios y los beneficios discrecionales de pensión, de las categorías de personal cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, las entidades se atengan a los siguientes requisitos de una manera acorde con su tamaño, su organización interna y la naturaleza, el alcance y la complejidad de sus actividades: ◄
a)
la política de remuneración será compatible con una gestión adecuada y eficaz de riesgos, promoverá este tipo de gestión y no ofrecerá incentivos para asumir riesgos que rebasen el nivel de riesgo tolerado por la entidad;
▼M5
a bis)
la política de remuneración será una política de remuneración imparcial en cuanto al género;
▼B
b)
la política de remuneración será compatible con la estrategia empresarial, los objetivos, los valores y los intereses a largo plazo de la entidad e incluirá medidas para evitar los conflictos de intereses;
c)
el órgano de dirección de la entidad, en su función de supervisión, adoptará y revisará periódicamente los principios generales de la política de remuneración y será responsable de la supervisión de su aplicación;
d)
al menos una vez al año se hará una evaluación interna central e independiente de la aplicación de la política de remuneración, al objeto de comprobar si se cumplen las pautas y los procedimientos de remuneración adoptados por el órgano de dirección en su función de supervisión;
▼M11
e)
el personal que ejerza funciones de control interno será independiente de las unidades de negocio que supervise, contará con la autoridad necesaria y será remunerado en función de la consecución de los objetivos relacionados con sus funciones, con independencia de los resultados de las áreas de negocio que controle;
f)
la remuneración de los responsables de las funciones de control interno será supervisada directamente por el comité de remuneraciones a que se refiere el artículo 95 o, de no haberse creado dicho comité, por el órgano de dirección en su función supervisora;
▼B
g)
la política de remuneración, teniendo en cuenta los criterios nacionales sobre la fijación de salarios, establecerá una clara distinción entre los criterios para el establecimiento de:
i)
la remuneración de base fija, que debe reflejar principalmente la experiencia profesional pertinente y la responsabilidad en la organización según lo estipulado en la descripción de funciones como parte de las condiciones de trabajo, y
ii)
la remuneración variable, que debe reflejar un rendimiento sostenible y adaptado al riesgo, así como un rendimiento superior al requerido para cumplir lo dispuesto en la descripción de funciones del empleado como parte de las condiciones de trabajo.
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Artículo 92 3.
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A los efectos del apartado 2, entre las categorías de personal cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad se incluirán, como mínimo, las siguientes:
a)
todos los miembros del órgano de dirección y de la alta dirección;
▼M11
b)
los miembros del personal con responsabilidades de dirección respecto de las funciones de control interno o las unidades de negocio importantes de la entidad;
▼M5
c)
los miembros del personal que hayan recibido una remuneración significativa en el ejercicio anterior, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
i)
la remuneración del miembro del personal es igual o superior a 500 000 EUR e igual o superior a la remuneración media concedida a los miembros del órgano de dirección y de la alta dirección de la entidad a que se hace referencia en la letra a),
ii)
el miembro del personal desempeña su actividad profesional en una unidad de negocio importante y, por su naturaleza, dicha actividad incide de manera importante en el perfil de riesgo de la unidad de negocio.
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1.1 Odwołania
1.2 Zidentyfikowane wymagania
1.3 Powiązane normy
2. Zidentyfikowane wymagania
Wymagania
| Źródło |
Wymaganie |
3. Powiązane normy
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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