+Artículo 15 Consentimiento tácito para la celebración de cualquier contrato de crédito o la adquisición de servicios accesorios
---+Artículo 15 1.
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Artículo 15 Consentimiento tácito para la celebración de cualquier contrato de crédito o la adquisición de servicios accesorios
1. Przegląd
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Regulacja |
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Artículo 15 1.
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Los Estados miembros velarán por que los prestamistas e intermediarios de crédito no presuman el consentimiento de los consumidores para la celebración de cualquier contrato de crédito o la adquisición de servicios accesorios presentados a través de opciones por defecto. Las opciones por defecto incluyen casillas ya marcadas.
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Artículo 15 2.
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El consentimiento de los consumidores para la celebración de cualquier contrato de crédito o la adquisición de servicios accesorios presentados a través de casillas se expresará mediante un acto afirmativo inequívoco y claro que manifieste la aceptación libre, concreta, informada e inequívoca del consumidor, respecto del contenido y la materia asociados a las casillas.
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1.1 Odwołania
1.2 Zidentyfikowane wymagania
1.3 Powiązane normy
2. Zidentyfikowane wymagania
Wymagania
| Źródło |
Wymaganie |
3. Powiązane normy
- Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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