+Artículo 110 4.

Artículo 110 4.

Las autoridades de resolución y las autoridades competentes ejercerán sus competencias administrativas para imponer sanciones de acuerdo con la presente Directiva y la legislación nacional con arreglo a las siguientes modalidades:

a) 

directamente;

b) 

en colaboración con otras autoridades;

c) 

bajo su responsabilidad, delegando en dichas autoridades;

d) 

mediante solicitud dirigida a las autoridades judiciales competentes.

1. Prezentare generală

,
Titlu Reglementare

1.1 Referințe

1.2 Cerințe identificate

1.3 Standarde asociate

2. Cerințe identificate

Cerințe
Sursă Cerință

3. Standarde asociate

Standarde
Sursă Cerință
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
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