+Artículo 13 2.

Artículo 13 2.

Si una vez expirado el plazo a que se refiere el apartado 1, ni el Parlamento Europeo ni el Consejo han formulado objeciones a la norma técnica de regulación, esta se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor en la fecha prevista en él.

La norma técnica de regulación podrá publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrar en vigor antes de la expiración del plazo, si tanto el Parlamento Europeo como el Consejo han informado a la Comisión de que no tienen la intención de formular objeciones.

1. Prezentare generală

,
Titlu Reglementare

1.1 Referințe

1.2 Cerințe identificate

1.3 Standarde asociate

2. Cerințe identificate

Cerințe
Sursă Cerință

3. Standarde asociate

Standarde
Sursă Cerință
  • Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
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