+Artículo 16bis 4.
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Artículo 16bis 4.
La Autoridad, a petición del Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión, podrá proporcionar asesoramiento técnico al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión en los ámbitos establecidos en los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2.
1. Prezentare generală
1.1 Referințe
1.2 Cerințe identificate
1.3 Standarde asociate
2. Cerințe identificate
3. Standarde asociate
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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