+Artículo 8 3.

Artículo 8 3.

Cuando la Comisión compruebe que una concentración cumple el criterio establecido en el apartado 3 del artículo 2 o, en los casos contemplados en el apartado 4 del artículo 2, que no cumple los criterios establecidos en el apartado 3 del artículo 81 del Tratado, adoptará una decisión que declare la concentración incompatible con el mercado común.

1. Pregled

,
Naslov Regulativa

1.1 Sklici

1.2 Ugotovljene zahteve

1.3 Povezani standardi

2. Ugotovljene zahteve

Zahteve
Vir Zahteva

3. Povezani standardi

Standardi
Vir Zahteva
  • Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
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