+Artículo 2 5.

Artículo 2 5.

Los Estados miembros podrán excluir de la aplicación de la presente Directiva los contratos de crédito en forma de tarjetas de débito diferido:

a) 

ofrecidos por una entidad de crédito o de pago;

b) 

en virtud de los cuales el crédito deba reembolsarse en un plazo de cuarenta días, y

c) 

que sean sin intereses y solo con unas comisiones limitadas ligadas a la prestación del servicio de pago.

1. Übersicht

,
Bezeichnung Regulierung

1.1 Referenzen

1.2 Identifizierte Anforderungen

1.3 Zugehörige Standards

2. Identifizierte Anforderungen

Anforderungen
Quelle Anforderung

3. Zugehörige Standards

Standards
Quelle Anforderung
  • Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
  • EULAW_ES -

    EULAW_ES