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+Artículo 40 2. |
Artículo 40 2.La Junta de Supervisores convocará reuniones con el Grupo de partes interesadas del sector de valores y mercados de forma periódica, y al menos dos veces al año.
1. Übersicht
1.1 Referenzen1.2 Identifizierte Anforderungen1.3 Zugehörige Standards2. Identifizierte Anforderungen
3. Zugehörige Standards
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