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+Artículo 3 1. |
Artículo 3 1.Las entidades transmitirán la información a las autoridades competentes al cierre de la jornada en las siguientes fechas de envío:
a)
información mensual: el 15.o día natural siguiente a la fecha de referencia;
b)
información trimestral: el 12 de mayo, el 11 de agosto, el 11 de noviembre y el 11 de febrero;
c)
información semestral: el 11 de agosto y el 11 de febrero;
d)
información anual: el 11 de febrero. 1. Übersicht
1.1 Referenzen1.2 Identifizierte Anforderungen1.3 Zugehörige Standards2. Identifizierte Anforderungen
3. Zugehörige Standards
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