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+Artículo 11 6. |
Artículo 11 6.A instancias de la Comisión, los Gobiernos y las autoridades competentes de los Estados miembros facilitarán a la Comisión toda la información necesaria para el cumplimiento de las tareas que le encomienda el presente Reglamento.
1. Επισκόπηση
1.1 Παραπομπές1.2 Εντοπισμένες απαιτήσεις1.3 Σχετικά πρότυπα2. Εντοπισμένες απαιτήσεις
3. Σχετικά πρότυπα
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