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+Artículo 11 6. |
Artículo 11 6.A instancias de la Comisión, los Gobiernos y las autoridades competentes de los Estados miembros facilitarán a la Comisión toda la información necesaria para el cumplimiento de las tareas que le encomienda el presente Reglamento.
1. Prezentare generală
1.1 Referințe1.2 Cerințe identificate1.3 Standarde asociate2. Cerințe identificate
3. Standarde asociate
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