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+Artículo 11 6. |
Artículo 11 6.A instancias de la Comisión, los Gobiernos y las autoridades competentes de los Estados miembros facilitarán a la Comisión toda la información necesaria para el cumplimiento de las tareas que le encomienda el presente Reglamento.
1. Ülevaade
1.1 Viited1.2 Tuvastatud nõuded1.3 Seotud standardid2. Tuvastatud nõuded
3. Seotud standardid
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