+Artículo 54 2bis.

Artículo 54 2bis.

El Comité Mixto podrá asistir a la Comisión en la evaluación de las condiciones y las especificaciones y procedimientos técnicos para garantizar la interconexión segura y eficiente de los mecanismos automatizados centralizados de conformidad con el informe a que se refiere el artículo 32 bis, apartado 5, de la Directiva (UE) 2015/849, así como en la interconexión efectiva de los registros nacionales con arreglo a dicha Directiva.

1. Επισκόπηση

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Τίτλος Κανονισμός

1.1 Παραπομπές

1.2 Εντοπισμένες απαιτήσεις

1.3 Σχετικά πρότυπα

2. Εντοπισμένες απαιτήσεις

Απαιτήσεις
Πηγή Απαίτηση

3. Σχετικά πρότυπα

Πρότυπα
Πηγή Απαίτηση
  • Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
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