+Artículo 54 2bis.

Artículo 54 2bis.

El Comité Mixto podrá asistir a la Comisión en la evaluación de las condiciones y las especificaciones y procedimientos técnicos para garantizar la interconexión segura y eficiente de los mecanismos automatizados centralizados de conformidad con el informe a que se refiere el artículo 32 bis, apartado 5, de la Directiva (UE) 2015/849, así como en la interconexión efectiva de los registros nacionales con arreglo a dicha Directiva.

1. Ülevaade

,
Pealkiri Regulatsioon

1.1 Viited

1.2 Tuvastatud nõuded

1.3 Seotud standardid

2. Tuvastatud nõuded

Nõuded
Allikas Nõue

3. Seotud standardid

Standardid
Allikas Nõue
  • Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
  • EULAW_ES -

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