+Artículo 54 2bis.
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Artículo 54 2bis.
El Comité Mixto podrá asistir a la Comisión en la evaluación de las condiciones y las especificaciones y procedimientos técnicos para garantizar la interconexión segura y eficiente de los mecanismos automatizados centralizados de conformidad con el informe a que se refiere el artículo 32 bis, apartado 5, de la Directiva (UE) 2015/849, así como en la interconexión efectiva de los registros nacionales con arreglo a dicha Directiva.
1. Översikt
1.1 Referenser
1.2 Identifierade krav
1.3 Relaterade standarder
2. Identifierade krav
3. Relaterade standarder
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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